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Quiere sacar un préstamo con intereses con el fin de establecer

un negocio que beneficiaría a musulmanes pobres.

 

Pregunta

 

Estoy involucrado en la fundación y coordinación de una asociación internacional de comercio entre diferentes partes, la cual será financiada por un banco que cobra intereses. Aparentemente el beneficio material será colosal para los musulmanes pobres, en caso de que el proyecto sea exitoso. ¿Está permitido que yo me involucre en este negocio?

Texto de la respuesta

Alabado sea Dios

Negociar utilizando intereses bancarios es un pecado mayor, con respecto al cual existe una advertencia severa y una amenaza para quien lo realice. Dios, exaltado sea, dijo (traducción del significado):

“¡Oh, creyentes! Temed a Dios y renunciad a lo que os adeuden a causa de la usura, si es que sois, en verdad, creyentes.

 Y si no dejáis la usura, sabed que Dios y Su Mensajero os declaran la guerra; pero si os arrepentís tenéis derecho al capital original, de esta forma no oprimiréis ni seréis oprimidos” (al-Báqarah, 2:278-279).

 

“Los que lucren con la usura saldrán de sus tumban el Día del Juicio como aquel al que Satanás ha poseído dejándolo trastornado. Esto porque dicen que el comercio es igual que la usura; pero Dios permitió el comercio y prohibió la usura. A quien le haya llegado de su Señor la prohibición y se haya abstenido arrepintiéndose, podrá conservar lo que haya ganado, y lo que cometiere luego de esto estará en manos de Dios. Y si reincide se contará entre los moradores del fuego, en el que sufrirá eternamente.

Dios hará que todo lo que provenga de la usura no tenga ninguna bendición, pero sí, en cambio, incrementará la riqueza de quienes hagan caridades. Dios no ama al incrédulo pecador” (al-Báqarah, 2:275-276).

Muslim (1598) narró que Yábir (que Dios esté complacido con él) dijo: “El Mensajero de Dios (que las bendiciones y la paz de Dios sean con él) maldijo a todo aquel que lucrara con la usura, tanto al responsable de pagarla, como a quien la escribe y a los dos testigos que la presencian. Y dijo: “Son todos lo mismo”.

Así que no es permisible para un musulmán sacar un préstamo con intereses y oponerse a Dios, glorificado y exaltado sea, inclusive si ese préstamo tiene como finalidad realizar una buena obra, como construir una mezquita, una escuela para la memorización del Corán o para ayudar a los pobres y los necesitados. Porque Dios es Bueno y no acepta nada que no sea bueno.

La usura está gravemente prohibida, debido a esto no es permisible que un musulmán tome a la ligera este tema o que lucre utilizando la usura, ya sea con el fin de ayudar a los musulmanes pobres o con cualquier otra finalidad.

Ibn al-Qayím dijo: “La prohibición de la usura an-nasi’ah (cuando la deuda se incrementa cada vez que el deudor no es capaz de pagarla en el tiempo establecido y necesita tiempo adicional para poder saldarla) cae bajo la denominación de prohibición de los fines que están en sí mismos y por sí mismos prohibidos; la prohibición de la usura al-fádl (cuando ciertas mercancías similares son intercambiadas de manera desigual, por ejemplo cuando una medida de dátiles se intercambia por dos medidas de dátiles de distinta calidad) cae bajo la denominación de prohibición de los medios que conducen a lo prohibido. Por lo cual ningún tipo de usura es permitido”. Ver I’lám al-Muwaqqi‘ín (2/107).

La usura an-nasi’ah es la base sobre la cual los bancos actuales funcionan (el préstamo con interés).

Buscar hacer el bien, hacer obras justas o brindar alivio a los pobres y necesitados, no puede alcanzarse mediante una actitud indulgente ante el pecado y el mal. Una pequeña cantidad de comercio bendito y lícito es mejor que una gran cantidad de comercio próspero basado en la usura que estará sujeto a la destrucción de Dios. Porque Dios, exaltado sea, dijo (traducción del significado):

“Dios destruirá la usura” (al-Báqarah 2:276).

Se registró en Musnad al-Imam Áhmad (3672) que Ibn Mas’ud dijo: “Ninguna persona que adquiera riqueza proveniente de lo prohibido y gaste de ella será bendecida, de igual forma si la riqueza se da en caridad no se le aceptará, y si deja su riqueza atrás, será su provisión en su viaje al Infierno. Dios, que sea glorificado y exaltado, no borra una acción mala mediante otra acción mala, más bien borra las malas acciones mediante las buenas acciones. El mal no elimina el mal”. Clasificado como auténtico por ad-Daaraqutni. Ver Haashiyát Tahqiq al-Musnad, ar-Risálah edn. (6/189).

Se les preguntó a los eruditos del Comité Permanente para la Emisión de Dictámenes Jurídicos: “Existe un hombre que tiene algo de dinero, y desea ponerlo en un banco. Él sabe que el banco le dará intereses, y es consciente de que ese dinero extra es usura. ¿Es permisible que el hombre tome los intereses y se los dé a familias pobres sin buscar ninguna recompensa, únicamente con el fin de que las familias sean beneficiadas de este dinero, ya que están pasando por una situación de urgencia económica, todo ello porque el banco continua usando el dinero?”.

Respuesta:

“No está permitido poner dinero en bancos cuyo sistema se basan en la usura y buscan obtener intereses, sin importar el propósito, porque Dios ha prohibido la usura. Él ha emitido una advertencia severa contra aquellos que se involucren en la usura, y el Profeta (que las bendiciones y la paz de Dios sean con él) maldijo a aquel que consume ganancias de la usura, aquel que la paga, a los dos testigos que lo presencian, y quien firma el contrato. Por lo cual no es permisible, ni siquiera con la intención de dar los intereses en caridad, debido a que es una ganancia perversa proveniente de lo prohibido, y Dios es bueno y no acepta nada que no sea bueno”.

Fin de la cita de Fatáwa al-Láynah ad-Dá’imah, 13/355.

Y Dios sabe más.

 

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