Share

Principios - Instrumentos - valoración - transacciones

 



Hay tres principales prohibiciones que el Islam impone en las finanzas islámicas:
El cobro de interés.
El embarcarse en riesgos excesivos (gharar)
Las apuestas.

Estas prohibiciones explican que las finanzas islámicas hayan desarrollado instrumentos diferentes a los tradicionales. Por ejemplo, en vez de cobrar intereses a tasas predeterminadas, los contratos financieros islámicos se basan en acuerdos para repartir pérdidas y ganancias. También, toda operación financiera debe estar respaldada por un activo real. Además, esta prohibido comerciar productos relacionados con cerdo, pornografía o bebidas alcohólicas (haram). Esto ultimo ha llevado a que, por ejemplo, Dow Jones, Financial Times y Standard & Poors hayan creado índices bursátiles especiales para las finanzas islámicas, de los que excluyen a aquellas empresas cuyas actividades contravienen los principios del Islam.


El hecho de que la ley islámica prohíba pagar y recibir interés no implica que repruebe ganar dinero o promueva el retorno a una economía basada solo en efectivo o trueque.

El sistema estimula a todas las partes de una operación financiera a compartir riesgos, ganancias y pérdidas. Los depositantes en la banca islámica se asemejan a los inversores o accionistas, que ganan dividendos cuando el banco obtiene ganancias y pierden parte de sus ahorros si registra pérdidas. La lógica es vincular el rendimiento a la productividad y la calidad del proyecto, asegurando una distribución más equitativa de la riqueza.

Los instrumentos financieros islámicos toman la forma de contratos entre proveedores y usuarios de fondos para gestionar el riesgo. En la columna de activos, los bancos islámicos invierten y operan según los diversos contratos disponibles. En el pasivo, los fondos se movilizan principalmente en función de un contrato de Mudaraba o un préstamo sin intereses (Qard Al Hasan). En general, los bancos islámicos ofrecen a sus depositantes cuatro tipos de cuentas: corriente, de ahorro, de inversión y de inversión con fines específicos.

 

Tipos de instrumentos financieros islámicos

Hay, básicamente, los siguientes cuatro tipos de instrumentos financieros islámicos:
1. Tipo "A" es un derecho financiero de valor pecuniario recurriendo a los activos de garantía duradera y los flujos de efectivo. Este tipo tiene un flujo predecible de ingresos futuros, es comercializable y se puede descartar ya que con el cambio de manos, el instrumento pasa a propiedad de los bienes y no a la deuda. Se trata básicamente de arrendamiento con opción de base.

 

2. Este instrumento se debe en parte respaldados por los activos duraderos y sus ingresos no son previsibles, pero evaluado a través de un proceso de valoración de activos al final de un acuerdo y declaró duración. Las operaciones subyacentes pueden ser una mezcla de Ijara, MODARABA, musharaka contratos, etc,. Este tipo puede ser objeto de transacción en el mercado secundario en su precio de mercado justo aceptable para las partes involucradas, sino con descuento no.

 

3. Tipo "C" es puramente una demanda pecuniaria a una corriente de ingresos futuros esperados de las operaciones subyacentes comercial. El ingreso es evaluado a través de un proceso de valoración de activos al final de un periodo convenido y declarado. Una transacción de este tipo puede comprender MORABAHA, ISTASNA etc, los contratos que son instrumentos de deuda frente a terceros en relación con las transacciones comerciales reales. El tipo puede ser objeto de comercio a su valor nominal declarado al final de cada período contable, pero no puede descartarse.

 

4. El Tipo "D" es puramente un derecho financiero de valor monetario, pero con el recurso a ciertos metales preciosos, como oro, plata, platino, etc, o materias primas cotizadas en las bolsas. El instrumento que da derecho a recibir la entrega del activo subyacente, pero no lleva ninguna fuente de ingresos adjunta la salvedad de que su precio está vinculado al precio del metal precioso o subyacentes de productos básicos cotizados en los tipos de cambio internacionales reconocidos. Puede ser objeto de comercio pero no favorables.

 

Características de reducción del riesgo

El fenómeno de riesgos desempeña un papel predominante en la vida económica. Sin ella, los mercados financieros y de capital consisten en el intercambio de un solo instrumento cada período, la industria de las comunicaciones dejaría de existir en la medida en que este mercado es que se trate y la profesión de banca de inversión se reduciría a la de contabilidad. El riesgo es aún más separados de la incertidumbre. Una situación se dice que implique un riesgo si el azar frente a un agente económico puede ser expresado en términos de probabilidades numéricas específicas (ya sea estas probabilidades pueden ser objetivamente determinadas, tal como con los billetes de lotería o bien reflejar el individuo las creencias subjetivas). Situaciones en las que el agente no puede (o no) asignar probabilidades reales alternativas posibles sucesos se dice que implican incertidumbre.
Si bien no siempre es cierto que un activo más riesgoso pagará una tasa media de rendimiento más alta, por lo general de retorno. El riesgo es una oportunidad en los mercados financieros como un problema. inversores con aversión al riesgo adicional para exigir la devolución de correr un riesgo adicional y, en efecto, a cambio de un mercado competitivo más alto es acompañado por un mayor riesgo. Un inversionista evalúa un activo en términos de su contribución marginal a su cartera.

 

El principio fundamental de valoración es que el valor de cualquier activo financiero es el valor actual de la caja esperados. El proceso requiere dos pasos:

 

1. La estimación del flujo de caja, y;

2. La determinación de la tasa de interés apropiada que se debe utilizar para calcular el valor actual

Los siguientes son compatibles con la Sharia riesgo mitigar características:

1. En forma previa en el instrumento, la empresa inversora, a través de su banquero, tendrían derecho a priori en la distribución de beneficios hasta una proporción acordada.

2. El beneficio se pagará a cuenta sobre una base mensual a la empresa inversora de lo dispuesto en las cuentas previstas.

3. La contabilidad final y la liquidación se realiza al final de la vigencia del instrumento, cuando las cuentas de resultados estén finalizados.

4. A fin de mitigar el riesgo y en los términos del instrumento, un fondo de takaful se establece por el plazo del instrumento.

5. En este fondo takaful donde la empresa invirtió destina una parte de sus reservas para el fondo takaful.

6. La empresa inversora contribuirá al 1% de la cantidad invertida.

7. Esta contribución del 1% se realiza a través de un anticipo por la compañía invirtió en la cuenta de los beneficios futuros.

8. En caso de pérdida durante la tenencia del instrumento, se ajustará contra el fondo de takaful.

9. El resto se distribuye entre los inversores y al final del término de instrumento.

10. A través de una valoración, el valor de la inversión sería creada con el fin de ejercer la opción de venta.

11. La empresa inversora tendrá la opción de ejercer su opción de venta en el precio del valor y la empresa deberá comprar este instrumento.

 

 

Las transacciones financieras más comunes

 

 

 

     • Bai muajjal. Pago aplazado o posterior a la contratación; financiación con devoluciones diferidas en un plazo de tiempo determinado.

• Murabahah. Operación de compraventa en la que se indica el importe de la venta, así como la ganancia. Técnicamente, es un contrato de venta en el que el vendedor/financiador (entidad financiera) indica su coste y su ganancia.

• Mudarabah. El banco provee de financiamiento a los emprendedores, quienes comparten el beneficio de su actividad. La inversión proviene sólo del banco.

• Musharakah. El banco provee de financiamiento a los emprendedores, quienes también contribuyen con capital, de modo que los beneficios de la actividad se comparten entre el banco y el emprendedor. A diferencia de mudarabah, la inversión proviene de todos los socios (banco y emprendedor).

• IjarahLeasing.

• Istisna. El comprador solicita al vendedor que cree un producto, el cual es entonces vendido al comprador a un precio determinado. Istisna permite a las partes contratar la venta de algo que no existe aun en el momento del acuerdo.

• Takaful. Industria de los seguros basada en el mutualismo. La relación tradicional asegurador-asegurado no cumple con la sharia, dado que se basa en el intercambio de incertidumbre. Asimismo, las inversiones que hacen las compañías aseguradoras tradicionales no suelen cumplir con la sharia.

• Salam. Pago anticipado de productos o servicios que aún no existen. Por lo general, ninguna venta puede realizarse a menos que los bienes existan en el momento del contrato, de modo que bai salam es una excepción a la regla. Deben quedar definidos los productos sujetos a compraventa, las fechas de entrega o de realización del servicio, no estando permitido el uso del oro o la plata para este tipo de transacciones.

 

 

 

 

Share

Login Form

Volver